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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1539
SENTENCIAS DE AMPARO NEGATIVAS, NO TIENEN EJECUCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1539
La sentencia en juicio de amparo que niega la protección, no tiene ejecución por parte de las autoridades responsables, y consiguientemente, no puede dar lugar a la formación de un incidente de inejecución de sentencia, cuya procedencia sólo esté reservada para los casos previstos por el artículo 105 de la ley que reglamenta el amparo.
Precedentes
Incidente de inejecución de sentencia 41/40. Rueda Manuel. 17 de agosto de 1954. Unanimidad de diecinueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.