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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278199
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2328
COMISARIADOS EJIDALES, NO PUEDEN COMETER EL DELITO DE PECULADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2328
La Suprema Corte de Justicia ha sostenido y declarado que los miembros de los comisariados ejidales no pueden cometer el delito de peculado, por no tener el carácter de funcionarios o empleados federales, sino el de abuso de confianza, previsto por la ley aplicable a cada caso.
Precedentes
Competencia 3/54. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Oaxaca y Primero de lo Penal de la misma ciudad. 21 de septiembre de 1954. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.