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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 16
ARRENDAMIENTO, NOTIFICACION DE SU TERMINACION, A SECRETARIAS DE ESTADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 16
En las controversias judiciales es donde representa el procurador general de la República a la Federación; pero si al notificarse a una secretaría de Estado la terminación del contrato de arrendamiento que por término indeterminado había celebrado, no había contienda, y la secretaría firmó el contrato de arrendamiento sin intervención del procurador, pudo recibir la notificación sobre terminación del mismo, surtiendo ésta plenos efectos jurídicos, como los surtió el contrato.
Precedentes
Juicio ordinario 5/50. Angoitia Javier de. 7 de abril de 1953. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.