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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278251
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 20
COMPETENCIA EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 20
Si los hechos delictuosos que se estimaron como constitutivos de delitos del fuero común, por el Juez de Primera Instancia, al decretar la formal prisión del reo, constituyen, en realidad, un delito federal, la competencia para conocer del proceso corresponde al Juez de Distrito, contendiente.
Precedentes
Competencia 108/51, suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Ixtlahuaca, México y de Distrito del Estado de México. 7 de enero de 1953. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.