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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278274
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 479
DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 479
Si la demandada no contrademandó el divorcio por abandono, pero alegó este fundamento de su inhibitoria, y está probado que el domicilio conyugal se estableció dentro de la jurisdicción del Juez elegido por el actor y que la mujer vive en diverso lugar, sin que haya en autos prueba que demuestre que esta residencia esté autorizada judicialmente, debe estimarse que hay datos bastantes para suponer el abandono por parte de la esposa y, por lo mismo, fundamento para radicar la competencia en el Juez del domicilio del cónyuge que, para los efectos de esta competencia, debe presumirse abandonado.
Precedentes
Competencia 40/50. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de San Ignacio, Sinaloa, y de Primera Instancia de Tijuana, Baja California. 12 de agosto de 1952. Unanimidad de Diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.