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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278279
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 1009
COMPETENCIA, CUANDO TOCA A LA SUPREMA CORTE RESOLVER LOS CONFLICTOS DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 1009
Si cuando ha surgido un conflicto competencial entre dos Jueces de diversas entidades de la República, con motivo de la inhibitoria hecha valer por la parte demandada dentro de un juicio que haya sido promovido en su contra, el Juez requerido acepta de plano la incompetencia que se le propone, en tal momento deja de existir dicho conflicto, y por consiguiente, no se está en el caso de que las autoridades judiciales contendientes, remitan los autos de que respectivamente conozcan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para los efectos señalados en los artículos 106 constitucionales y fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, pues si la contraparte en el juicio no esta conforme con la determinación relativa, puede hacer uso del medio de impugnación que la ley establezca, para que el superior jerárquico del Juez requerido y aceptante de la inhibitoria, revise su actuación y resuelva lo que legalmente proceda; y sólo en caso de que se revoque la interlocutoria que hubiere dictado en tal sentido, podrá volver a renacer la controversia competencial, pues de no ser así, la parte interesada podrá recurrir aún en la vía de amparo la propia interlocutoria, en defensa de sus intereses.
Precedentes
Competencia 13/48. Suscitada entre los Jueces Primero de lo Civil y de Hacienda de Guadalajara, Jal., y Segundo de lo Civil de Torreón, Coah. 24 de julio de 1951. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Roque Estrada y Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.