Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/278320
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1429
COMPETENCIA EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1429
Conforme a la fracción II del artículo 1104 del Código de Comercio, que establece: "Sea cual fuere la naturaleza del juicio, serán preferidos a cualquier otro juez: ..... VII El del lugar designado en el contrato para el cumplimiento de la obligación", si la vendedora no designó lugar para ser requerida judicialmente de pago, y en cambio convino en que la entrega de la mercancía debería hacerse en determinado lugar, es claro que la competencia corresponde al Juez del mismo.
Precedentes
Competencia 115/46. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia del Ramo Civil de Gómez Palacio, Durango y Primero de lo Civil y de Hacienda de Guadalajara, Jalisco. 21 de noviembre de 1951. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, tesis 43, página 70, bajo el rubro "OBLIGACIONES MERCANTILES. ES JUEZ COMPETENTE EL DEL LUGAR DESIGNADO PARA SU CUMPLIMIENTO.".