Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/278324
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
278324
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1434

COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1434

Precedentes

Competencia 123/50.Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje en Torreón, Coah. y la Junta Federal de Conciliación número Dieciocho. 21 de noviembre de 1951. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Tesis de jurisprudencia 50 del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, Pleno, página 79, de rubro "TRABAJO, ES COMPETENTE LA JUNTA DEL LUGAR DE EJECUCIÓN DEL.".
Registro digital (IUS): 278324