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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278330
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 87
ACUMULACION, COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE PARA DECIDIR CONTROVERSIAS SOBRE LA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 87
La Suprema Corte de Justicia, en Pleno, tiene competencia para decidir una controversia que se suscite entre un Juez de Distrito en materia civil, y un Juez de lo civil del fuero común, con motivo de la acumulación de un juicio ejecutivo mercantil, a una liquidación judicial, pues en el fondo, sólo hay una cuestión de competencia para conocer del juicio cuya acumulación al universal se pretende, y por lo tanto, son de aplicarse los artículos 104, fracción IV, y 106 de la Constitución Federal y 11, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Competencia 17/41. Suscitada entre los Jueces Octavo de lo Civil de esta Capital y Primero de lo Civil de Toluca, Estado de México. 3 de julio de 1951. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.