Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/278331
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278331
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 511
ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 511
Si el arrendatario no comprobó en forma alguna que en la fecha en que le fue demandada por el propietario, la desocupación y entrega de la casa, le hubiere pagado puntualmente las rentas convenidas como precio del arrendamiento del inmueble que ocupaba, no habiéndose acreditado en forma plena y legal ese requisito previo para obtener la prórroga del contrato en cuestión, por un año más, salta a la vista que la acción relativa que ejercitó en reconvención, contra la parte actora, no ha quedado demostrada.
Precedentes
Juicio ordinario federal 3/47. Rojas González Concepción. 19 de julio de 1951. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.