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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 511
ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 511
Si la reconvención la formuló el arrendador para obtener la prórroga del contrato por un año, después de vencido el contrato de arrendamiento, esto hacía imposible su prolongación o duración legal, porque sólo puede prolongarse la existencia de algo que todavía parece vivo, y el contrato de arrendamiento cuya prórroga se pretendió exigir, ya había concluido legalmente; la instancia o solicitud para que proceda la prórroga de contratos de arrendamiento, deberá presentarse antes de que el contrato haya vencido, y no después, para que pueda ser procedente.
Precedentes
Juicio ordinario federal 3/47. Rojas González Concepción. 19 de julio de 1951. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.