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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278360
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1731
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO (INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1731
Los salones o teatros, de propiedad particular, en que se exhiben películas cinematográficas, no pueden ser considerados como integrantes de la industria respectiva, que sólo comprende a las empresas productoras de tales películas, y por lo tanto, los conflictos surgidos entre aquellas negociaciones y sus obreros o empleados, deben ser conocidos por autoridades del trabajo de carácter local, y no por la federales del mismo ramo, conforme a la regla general contenida en la fracción XXXI del artículo 123 de la Constitución General de la República.
Precedentes
Competencia 153/50. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León y la Junta Federal de Conciliación Número Diecinueve, en Monterrey, Nuevo León (Garza Vallejo Gerardo). 21 de agosto de 1951. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.