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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2360
ACUMULACION, COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE PARA CONOCER DE COMPETENCIAS SUSCITADAS POR.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2360
Corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolver la contienda, de competencia suscitada con motivo de la acumulación de un juicio a una quiebra, conforme a los artículos 106 constitucional y 11, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Competencia 139/42. Suscitada entre los Jueces Segundo de Primera Instancia del puerto de Veracruz, Veracruz, y Noveno de lo Civil de la ciudad de México (González de Llorente Amalia). 11 de septiembre de 1951. Mayoría de quince votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CIX, página 1720. Competencia 90/39. Blanco viuda de Rincón Elena. Testamentaría de. 21 de agosto de 1952. Mayoría de catorce votos.