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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278397
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 304
COMPETENCIA EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 304
El artículo 374 del Código de Comercio simplemente determina cuándo se tiene por perfeccionado el contrato de compraventa que recaiga sobre mercancías que no hayan sido vistas por el comprador ni puedan clasificarse por calidad determinadamente conocida en el comercio. Es decir, de esa norma no cabe deducir que en forma tácita o presunta, se haya designado determinada plaza, como lugar del cumplimiento de la obligación.
Precedentes
Competencia 91/47. Suscitada entre los Jueces Primero de Letras del Ramo Civil de Monterrey, Nuevo León y del Ramo Civil de Culiacán, Sinaloa. 16 de enero de 1951. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.