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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1252
JUECES DEL FUERO COMUN EN AUXILIO DEL FEDERAL, COMPETENCIA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1252
Si el Juez del fuero común contendiente, al estimarse incompetente, no actuó en el proceso federal con jurisdicción propia, sino en auxilio de la Justicia Federal salta a la vista que no se ha suscitado ningún conflicto de competencia entre dicho funcionamiento y el Juez de Distrito a quien ordenó se enviara al expediente, para no conocer del proceso, y, por consiguiente, procede que así se declare, ordenándose que se devuelva el expediente al mencionado Juez Federal, para que lo envío al diverso del fuero común que ejerza jurisdicción territorial en el lugar en que ocurrieron los hechos; y sólo en caso de que el citado Juez no acepte la competencia que se le declina, podrá surgir, una controversia entre dichos funcionarios, la que deberá ser resuelta por la Suprema Corte Justicia de la Nación, conforme a los artículos 106 de la Constitución General de la República y 11, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Competencia 27/50. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Tamazunchale, San Luis Potosí, y de Distrito en el Estado de Hidalgo. 13 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.