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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278401
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1254
DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1254
Si el acto, no solamente señala como causa del divorcio que demanda de su esposa, el que haya abandonado el domicilio conyugal, sino otras también, para la decisión de la controversia debe aplicarse la regla contenida en el artículo 27 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Competencia 116/41. Suscitada entre los Jueces Décimo de lo Civil del Distrito Federal y Primero de lo Civil de la ciudad de Tampico. 13 de febrero de 1951. Mayoría de doce votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva, Fernando de la Fuente y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.