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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278404
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1271
DILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA, COMPETENCIA TRATANDOSE DE (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1271
Si en unas diligencias de jurisdicción voluntaria, y con motivo de la oposición que en las mismas se presentó, se tiene como surgida una contención, dentro del juicio relativo que se llegue a instaurar, conforme a lo prevenido en el artículo 866 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, podrá surgir nuevamente una cuestión de competencia, si se comprueba en forma legal, que el predio rústico a que se refirieron los promoventes pertenece, efectivamente, a la nación, y tal problema tendrá que ser abordado y resuelto como legalmente corresponde, sin que, por consiguiente, el fallo que se dicte en la competencia promovida por el Juez que conoce de los litigios de jurisdicción voluntaria, prejuzgue ahora, en ninguna forma, sobre tal punto.
Precedentes
Competencia 112/41. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de la ciudad de Camargo, Chihuahua y Primero de Distrito en el mismo Estado. 13 de febrero de 1951. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.