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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 589
COMPETENCIA EN MATERIA PENAL (EMPRESAS DE CONCESION FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 589
Si el hecho delictuoso que puede llegar a comprobarse, sólo afectará los intereses de una Compañía que, si bien opera bajo una concesión del Gobierno Federal, no tiene el carácter de servicio público descentralizado, sino que constituye una empresa de carácter particular, el delito que pueda llegar a acreditarse, no puede ser considerado como del orden federal, por no quedar comprendido en la enumeración limitativa que se contiene en la fracción I del artículo 41 de La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Competencia 57/47. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Territorio Norte de la Baja California y de Primera Instancia de Mexicali, B.C. 17 de octubre de 1950. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.