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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278446
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 766
ROBO DE BIENES DEL EJERCITO, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 766
El Ejército Mexicano es una institución que depende directamente del Gobierno Federal, y por lo tanto, todos los objetos y armas que el mismo posee, son propiedad de la nación, de manera indudable. Así, pues, el delito de robo de rifles reglamentarios que portaban soldados, es un hecho delictuoso del orden federal, conforme a lo prevenido por el inciso e), de la fracción I, del artículo 41, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, porque la propia nación resulta ser el sujeto pasivo de ese delito.
Precedentes
Competencia 107/46. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Oaxaca y de Primera Instancia de Jamiltepec, Oaxaca. 25 de julio de 1950. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.