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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2373
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2373
Como del hecho de que con motivo de los servicios que el reclamante prestaba al demandado tuviera que haber ido a diverso lugar, no puede concluirse que esos servicios se prestaron en varios lugares, debe estimarse que el caso se encuentra comprendido en la fracción I del artículo 429 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 77/50. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Colima y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco. 12 de septiembre de 1950. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.