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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278476
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2374
DOCUMENTOS PRIVADOS, LOS SON LOS PROCEDENTES DE LA NACION, COMO PERSONA MORAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2374
Si de los documentos que fueron presentados por la empresa autora, con su demanda inicial, y ofrecidos como pruebas de su parte, dentro del término legal correspondiente, las que le fueron admitidas, aparece que esa empresa, y la nación, como personas morales, en los términos de las fracciones I y II del artículo 25 del Código Civil, y conforme a las prevenciones contenidas en los artículos 26 y 27 del mismo ordenamiento, en cuanto a que las personas morales pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución, y de que obran y se obligan por medio de los órganos que las representan, sea por disposición de la ley o conforme a lo estatuido en sus escrituras constitutivas o estatutos, celebraron unos contratos de derecho privado, esos documentos deben ser considerados como privados, por el carácter de persona moral de la nación, en el asunto, aun los que proceden de la secretaría de Estado contratante, y probado en su conjunto, conforme al artículo 203 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los hechos relativos que integran cada uno de esos contratos, si la parte demandada, representada por el procurador general de la República, no objeto los precedentes de dicha secretaría, en la forma y términos que se señalan por el artículo 142 de ese ordenamiento procesal.
Precedentes
Juicio ordinario federal 7/43. "Southern Pacific, Co." 12 de septiembre de 1950. Unanimidad de dieciséis votos. Disidentes: Octavio Mendoza González, Luis G. Corona, Manuel Bartlett B, Hermilo López Sánchez, Luis Chico Goerne, Mariano Ramírez Vázquez y Agapito Pozo. La publicación no menciona el nombre del ponente.