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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278480
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 71
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO, CUANDO SE NIEGA LA EXISTENCIA DEL CONTRATO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 71
Como la cuestión relativa a la existencia o inexistencia del contrato de trabajo, solamente puede definirse al dictarse el laudo que ponga fin al conflicto, ni esa misma cuestión puede fundar la competencia de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ni la fracción V, del artículo 429 de la Ley Federal del Trabajo puede ser aplicable al caso.
Precedentes
Competencia 62/49. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz y el Grupo Especial Número Siete, de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 11 de abril de 1950. Quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.