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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278502
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2956
EJIDATARIOS, COMPETENCIA TRATANDOSE DE INVASION DE TIERRAS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2956
El hecho delictuoso, comprendido en la fracción III, del artículo 353 del Código Agrario vigente, en la que se considera que incurrirán en responsabilidad los miembros de los comisariados ejidales por invadir tierras o inducir y tolerar que los ejidatarios y campesinos se posesionen de ellas fuera de lo prevenido por tal ordenamiento, (siendo el Código Agrario una ley de carácter Federal, conforme a lo prevenido por el inciso a) de la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y el artículo 359 del mismo Código Agrario), tienen sin duda alguna, el carácter de Federales.
Precedentes
Competencia 23/49. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Zacatecas y de Primera Instancia de Sombrerete, Zacatecas. 28 de marzo de 1950. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.