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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2974
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO (DECLINATORIA E INHIBITORIA).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2974
Si la demandada había promovido ante la Junta Central de Conciliación y Arbitraje su incompetencia por declinatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 431 de la Ley Federal del Trabajo, la inhibitoria que posteriormente hizo valer resulta improcedente.
Precedentes
Competencia 45/48. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz y el Grupo Especial Número Nueve, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 28 de marzo de 1950. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.