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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1621
COMPETENCIA, INCONFORMIDAD DEL ACTOR CON LA RESOLUCION DE LOS JUECES CONTENDIENTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1621
Deben remitirse los autos a la Suprema Corte, si aun cuando ambos Jueces contendientes aceptan que la competencia debe radicarse en un juzgado, la parte actora no está conforme con la resolución del Juez requerido, que admitió la competencia del requeriente, por lo que es preciso que este Alto Tribunal solucione esta contienda.
Precedentes
Competencia 15/49. Suscitada entre los Jueces del Ramo Civil de Tapachula, Chiapas y Primero de Distrito del Distrito Federal. 16 de agosto de 1949. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.