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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278560
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2273
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO, EL ACTOR NO PUEDE PLANTEAR CONTIENDA DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2273
La incompetencia es un medio de defensa procesal que puede hacer valer por uno de dos caminos el de declinatoria y el de inhibitoria, sin que se permita su empleo simultáneo ni sucesivo, y carece de capacidad para promoverla, aquél a quien corresponda el ejercicio de la acción y que por su personal determinación, somete su demanda ante la autoridad a que ocurre, con lo que se obliga a sujetarse a ella desde que previene. De otra suerte, como la incompetencia tiende a impedir el conocimiento de las acciones ejercitadas, por autoridad que se reputa no tiene atribuciones para hacerlo, se daría el absurdo de reconocer al actor, posibilidad de retardar el curso de su propia demanda y prolongar el juicio, con violación del principio de economía procesal.
Precedentes
Competencia 61/48. Suscitada entre la Junta Municipal de Conciliación Permanente de Veracruz, Veracruz y la Junta Federal de Conciliación Número Doce de Veracruz, Veracruz. 6 de septiembre de 1949. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.