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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278569
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2855
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO (INDUSTRIA MINERA).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2855
Para que las labores que desempeña la sociedad demandada pudiera conceptuarse como conexas con la industria minera, sería preciso que hubiera elementos bastantes para poder concluir que la misma sociedad transformaba los minerales que se sacaban directamente de las minas, y si ese hecho no consta de los términos de la escritura social ni de ninguna otra constancia de autos, hay que concluir que es una Junta local la competente para conocer de la reclamación instaurada en su contra.
Precedentes
Competencia 73/47. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Uno de Toluca, México y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje Número Ocho en el Distrito Federal. 29 de septiembre de 1949. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.