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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 337
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO (FABRICAS DE EXPLOSIVOS).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 337
Los artículos 31 y 32 del reglamento para la expedición de permisos de compraventa, fabricación, etcétera, de explosivos, publicado en el Diario Oficial de veintiocho de enero de mil novecientos treinta y dos, contemplan la expedición de permisos para el establecimiento de fábricas de explosivos, que la Secretaría de Guerra y Marina, hoy Secretaría de la Defensa Nacional, puede conceder o negar, llevando registro y dando el número de la "concesión". Es pues indudable que la competencia para conocer de los conflictos de trabajo de una compañía que tiene otorgada tal concesión, o debió tenerla para actuar legalmente, corresponde a la jurisdicción federal, sin que sea posible sostener que sólo se trata de un permiso que no implica concesión, porque la esencia de ésta es el otorgamiento gubernativo que se confiere para tener el derecho de fabricar y operar con explosivos, (artículos cuyo comercio se considera que afecta la seguridad pública), a cambio de sujetarse a las condiciones impuestas por la Secretaría de Guerra y Marina, hoy Secretaría de la Defensa Nacional.
Precedentes
Competencia 92/48. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación Número Dieciocho de Torreón, Coahuila, y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Gómez Palacio, Durango. 26 de enero de 1949. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.