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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
278615
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 597

PROCESOS PENDIENTES AL LEVANTARSE LA SUSPENSION DE GARANTIAS, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 597

Precedentes

Competencia 86/46 suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Cuencamé, Durango, y de Distrito en el Estado de Durango. (Aguilar J. Guadalupe y coagraviados). 20 de julio de 1948. Mayoría de doce votos. Disidentes: Hilario Medina, Fernando de la Fuente, Roque Estrada, Emilio Pardo Aspe y Salvador Urbina. Luis G. Corona Redondo aprobó el punto resolutivo de la sentencia, pero no por razones que lo fundan, sino porque, en su concepto, es anticonstitucional la prórroga de las leyes de emergencia en cuestión competencial. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 278615