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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278626
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1838
SEGURO SOCIAL, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS CONTROVERSIAS SUSCITADAS CON MOTIVO DE LA LEY DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1838
Si los trabajadores actores reclaman a su patrón el cumplimiento de prestaciones que emanan de una enfermedad profesional, o no, reconociendo que fueron atendidos, por indicaciones de dicho patrón, por el Instituto Mexicano del Seguro Social, y éste admite que los reclamantes fueron afiliados al mismo y están amparados por las disposiciones de la Ley del Seguro Social, al que se encuentran sujetos, hallándose por consiguiente la demandada relevada de las obligaciones que se le atribuyen y exigen, puesto que por disposición expresa de la ley, corresponden al Instituto del Seguro Social, tiene que concluirse que la controversia de competencia que al respecto se suscite debe resolverse en favor del fuero federal que es en el que radica la jurisdicción.
Precedentes
Competencia 112/47. Robles Chávez José y socio. 31 de agosto de 1948. Unanimidad de diecinueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.