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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2318
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2318
Si el demandado no aportó prueba alguna que demostrara su afirmación, debe estimarse que no quedó destruida la afirmación hecha por el actor en la demanda, respecto a la naturaleza de los servicios que prestaba conforme a lo cual debe decidirse la competencia.
Precedentes
Competencia 20/43. Suscitada entre la Junta Accidental Federal de Conciliación en Morelia, Michoacán, y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán. 20 de abril de 1948. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.