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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 60
CONSCRIPTOS, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS DELITOS COMETIDOS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 60
La reforma al artículo 63 de la Ley del Servicio Militar, de fecha diecinueve de agosto de mil novecientos cuarenta, publicada en el Diario Oficial de once de septiembre del mismo año, reforma que aparece publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha veinticinco de octubre de mil novecientos cuarenta y cuatro, y que establece que los delitos cometidos por los conscriptos, a partir del momento en que salgan sorteados para prestar sus servicios, serán de la competencia de las autoridades judiciales militares, en vez de corresponder al fuero federal, no puede tener carácter retroactivo, es decir, no puede regir a actos delictuosos anteriores a la fecha de la promulgación de dicha reforma.
Precedentes
Competencia 9/47. Suscitada entre los Jueces Militar de Mazatlán, Sinaloa y de Distrito del Estado de Sonora. 6 de enero de 1948. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.