Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/278668
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278668
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1467
COMPETENCIA FEDERAL, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1467
Si se llega a comprobar en un proceso, de manera fehaciente, la responsabilidad de un funcionario o empleado de carácter federal, en la que incurrió en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, procede la inhibición del juez del fuero común para seguir conociendo de dicho proceso, pues los hechos delictuosos verificados adquieren desde tal momento, caracteres de los delitos del orden federal.
Precedentes
Competencia 72/46, suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Tlaxcala y de Primera Instancia de Tlaxco, Tlaxcala . Islas Fabián y coags. 25 de noviembre de 1947. Mayoría de catorce votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.