Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/278675
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1484
COMPETENCIA POR INHIBITORIA, OPORTUNIDAD PARA PROMOVERLA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1484
No obstante que la ley no fija un término preciso para la proposición de la cuestión de competencia por inhibitoria, es notorio que el punto debe ser tratado y resuelto antes de la citación para la sentencia definitiva; en efecto, el objeto de la contienda de competencia, es fijar la del juez que ha de resolver el negocio, a fin de que no exista duda respecto de su jurisdicción y de que la sentencia sea indiscutiblemente firme; pero cuando ya se pronunció la sentencia definitiva, esto es, cuando el juez ya agotó su jurisdicción, la cuestión de competencia no puede tener vida, y si ella se promueve y los jueces llegan a contender, el conflicto se entabla de un modo irregular, porque ya no hay materia competible, y aunque es cierto que racionalmente no puede ser indefinido el término para promover la inhibitoria, ante el silencio de la ley al respecto, la práctica de los tribunales ha aceptado, unánimemente, que puede hacerse en cualquier estado del negocio, antes de dictarse la sentencia, a pesar de los inconvenientes que puedan presentarse, práctica que seguramente se apoya en que no es lícito arrebatar al interesado un derecho que la ley no le ha limitado.
Precedentes
Competencia 97/47, suscitada entre los Jueces Quinto de lo Civil en esta Capital y de Primera Instancia de Ciudad Hidalgo, Michoacán . S. de Charles María Luisa. 25 de noviembre de 1947. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.