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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1847
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO (JUNTAS CENTRALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1847
Conforme a los artículos 342 y 429, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, corresponde a las Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje el conocimiento y resolución de los conflictos de trabajo que se produzcan dentro de su jurisdicción, y ésta no puede abarcar sino la extensión territorial del Estado a que correspondan.
Precedentes
Competencia 163/44. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje en Torreón, Coahuila y la Junta Federal de Conciliación Número Nueve hoy Número Veinte, en Fresnillo, Zacatecas. 9 de diciembre de 1947. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.