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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 323
ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DE EMERGENCIA).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 323
Como ley excepción que fue el Decreto del Ejecutivo Federal, que como Ley de Emergencia promulgó con fecha siete de octubre de mil novecientos cuarenta y tres con motivo del estado de guerra en que se encontraba nuestro país, para que resultara aplicable, era requisito necesarísimo que se comprobaran en forma clara y precisa, los requisitos señalados en su artículo 2o.
Precedentes
Competencia suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Apatzingán, Michoacán, y de Distrito del Estado de Michoacán 149/44. 8 de julio de 1947. Unanimidad de diecinueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.