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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1317
SOCIEDADES LOCALES DE CREDITO EJIDAL, COMPETENCIA PARA CONOCER DE SUS CONFLICTOS DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1317
La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje tiene competencia para conocer de los conflictos en que es parte el Banco Nacional de Crédito Ejidal, en atención de que actúa en virtud de concesión federal, pero de eso no puede deducirse que, en los conflictos en que figuren las sociedades locales de Crédito Ejidal, subsista esa competencia, por haber sido creadas tales sociedades por la misma Ley que creó el mencionado Banco, ya que aquélla, ni actúan en virtud de concesión federal, ni están comprendidas en ninguna de las demás excepciones contenidas en el artículo 123, fracción XXXI, Constitucional.
Precedentes
Competencia suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje, de Coahuila, y la Junta Federal de Conciliación Número Dieciocho, con residencia en Torreón Coahuila. Pang Hernández Pedro. 5 de agosto de 1947. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.