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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1051
SENTENCIAS DE AMPARO, INEJECUCION DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1051
Las providencias para ejecutar una sentencia de amparo, no pueden dictarse por la Suprema Corte en el fallo que se dicte en un incidente de inejecución cuya materia está restringida a la aplicación, o no aplicación de la fracción XI, del artículo 107 constitucional.
Precedentes
Incidente de inejecución de sentencia 31/41. López José L. y coagraviados. 4 de febrero de 1947. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.