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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1064
DEPOSITOS EN LOS BANCOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1064
La Dirección Federal de Caminos no puede ordenar a un banco un traspaso para recobrar, por imperio de su propia voluntad, la propiedad de una suma depositada y afecta al pago de lo correspondiera a una compañía, por concepto de la terminación final de los trabajos que desempeño, aun cuando sea con el objeto de que la compañía cubra las responsabilidades pecuniarias contraídas con la dirección y con personas particulares, extrañas al contrato. Si como la dirección indica existen adeudos, ella y los demás acreedores deberían haber precedido en la forma correspondiente para asegurar los fondos y obtener el pago; pero la dirección no pudo ordenar la retención de las cantidades que conservaba el banco, que ya no eran de su propiedad.
Precedentes
Tercería excluyente de dominio 3/40. Campuzano José, Jr. y coagraviados. 4 de febrero de 1947. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.