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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 37
COMPETENCIA EN MATERIA PENAL (LEGISLACION DE EMERGENCIA).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 37
Si el caso está comprendido en lo dispuesto en los artículos 1o. y 2o. del decreto de cinco de octubre de mil novecientos cuarenta y cuatro, la competencia para conocer de la averiguación incumbe al fuero federal, de conformidad con el artículo 10 de la misma ley, tanto más, si la averiguación se sigue precisamente por los delitos de homicidio y asalto en despoblado, comprendidos en las disposiciones de la citada ley.
Precedentes
Competencia 144/44. Suscitada entre los Jueces de Distrito de Michoacán y de Primera Instancia de Huetamo, Michoacán. 2 de octubre de 1946. Mayoría de doce votos. Disidentes: Franco Carreño, Carlos L. Angeles, Luis G. Corona y Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.