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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1230
ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DE EMERGENCIA).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1230
Para que surta la competencia del fuero federal, no es necesaria la declaración de que el auto de formal prisión se dictó por el delito de asalto en despoblado, si los hechos que motivaron el procedimiento, demuestran que el delito de homicidio fue cometido en esas condiciones.
Precedentes
Competencia 11/46. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Guaymas, Sonora y de Distrito del Estado de Sonora. 29 de octubre de 1946. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Franco Carreño, Teófilo Olea y Leyva, Carlos L. Angeles, Luis G. Corona y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.