Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/278791
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278791
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2508
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2508
Si el caso no está comprendido en ninguna de las excepciones contenidas en la fracción XXXI del artículo 123 constitucional, hay que concluir que por razón de la materia, no puede ser de la competencia de una Junta Federal.
Precedentes
Competencia 47/46. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación Número Diez, en Tampico, Tamaulipas y la Junta Municipal de Conciliación de Pánuco, Veracruz. 3 de septiembre de 1946. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.