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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278810
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1821
ARRENDAMIENTO, COMPETENCIA PARA CONOCER DE JUICIOS DE RESCISION DE CONTRATOS DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1821
Si además de la sumisión expresa de las partes, es competente el Juez de un lugar en virtud de que en el contrato de arrendamiento se señaló ese lugar para el pago de las rentas, que no es otra cosa que el cumplimiento de la obligación, aún cuando lo fuera otro Juez por estar ubicado el inmueble materia del contrato en su jurisdicción, por aplicación del artículo 24, último párrafo, del Código Federal de Procedimientos Civiles, la competencia debe decidirse en favor del Juez primeramente mencionado.
Precedentes
Competencia 149/45. Suscitada entre el Juez Sexto de lo Civil de esta Capital y el Juez de Primera Instancia de Acapulco, Guerrero. 15 de mayo de 1946. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.