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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278824
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 22
PLAGIO, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 22
El delito de plagio está previsto y castigado por el decreto presidencial de siete de octubre de mil novecientos cuarenta y tres, e incumbe a la jurisdicción del fuero federal, y los delitos de homicidio y lesiones no pueden desvincularse del plagio, si éste fue antecedente necesario de aquéllos, que no se habrían consumado sin la realización previa del plagio.
Precedentes
Competencia 118/44. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de Durango y de Primera Instancia de Canatlán, Durango. 1 de octubre de 1945. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.