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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278855
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2406
CONTRATOS, LUGAR DE SU CUMPLIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2406
La designación hecha por las partes, del lugar para el cumplimiento del contrato, no deben ser presuntiva, sino expresa y categórica, supuesto que envuelve la sumisión de las partes a la jurisdicción de un Juez que no es el de su domicilio.
Precedentes
Competencia 115/44. Suscitada entre los Jueces Decimoprimero de lo Civil de esta Capital y Primero de lo Civil y de Hacienda del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatán. 19 de junio de 1945. Mayoría de diez votos. Disidentes: Franco Carreño, Agustín Mercado Alarcón, Octavio Mendoza González, Luis G. Corona, Fernando de la Fuente, Emilio Pardo Aspe, Alfonso Francisco Ramírez y Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.