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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2738
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2738
No puede sostenerse que una compañía a la que se reclaman prestaciones de trabajo, tenga el derecho de ser demandada precisamente ante los tribunales que conocen de asuntos de comercio, por ser una empresa mercantil, ya que ninguna ley establece un fuero de tal naturaleza.
Precedentes
Competencia 78/43. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Tres, y el Juez Octavo de lo Civil de esta Capital. 28 de junio de 1945. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.