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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278894
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3937
DESPOBLADO, DELITOS COMETIDOS EN.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3937
Es de la jurisdicción federal un delito ejecutado en una cuadrilla situada lejos de una población y compuesta de pocas casas, retiradas unas de otras y con escaso número de habitantes, ya que debe considerarse cometido en despoblado al tenor del último párrafo del artículo 2o., del decreto de siete de octubre de mil novecientos cuarenta y tres, máxime, si la cuadrilla estaba sola por haber estado ausentes casi todas las personas que allí residían.
Precedentes
Competencia 27/44. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de Sultepec, y el Juez de Distrito en el Estado de México. 22 de agosto de 1944. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.