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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 943
COMPETENCIA EN AMPARO, ENTRE JUECES DE DISTRITO, DE DISTINTO RAMO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 943
Corresponde a la Suprema Corte de Justicia, conocer de una controversia suscitada entre dos Jueces de Distrito, de distinto ramo, para conocer de una demanda de amparo en que concurran actos reclamados de naturaleza penal y administrativa, conforme al artículo 11, fracción XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 106 de la Constitución Federal.
Precedentes
Competencia 68/40. Suscitada entre los Jueces Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz. 13 de octubre de 1943. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXVI, página 3454. Competencia 59/40. Suscitada entre los Jueces Primero y Segundo de Distrito, en el Estado de Veracruz. 12 de mayo de 1943. Mayoría de diecisiete votos. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXII, página 858. Competencia 83/41. Suscitada entre los Jueces Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz. 14 de abril de 1942. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.