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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2318
SOCIEDADES COOPERATIVAS, DELITOS CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2318
Una sociedad cooperativa de producción no constituye un servicio público federal, según se desprende claramente del artículo 56 de la Ley de Sociedades Cooperativas en vigor, y por otra parte, si no se trata de la aplicación de la mencionada Ley de Sociedades Cooperativas, que es federal, sino de un hecho que puede ser punible y que no está previsto en esa ley, como delito, la competencia toca al fuero común.
Precedentes
Competencia 56/42. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de Sombrerete, Zacatecas y el Juez de Distrito en el Estado de Zacatecas. 3 de noviembre de 1943. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.