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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278967
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4165
AZUCAR, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS DE TRABAJO DE LA INDUSTRIA DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4165
Conforme a los términos de la fracción XXXI el artículo 123 de la Constitución, reformado por decreto de 5 de noviembre de 1942, toca a la Junta Federal la competencia exclusiva para conocer los asuntos relativos a la industria azucarera, aun cuando los conflictos afecten a dos o más entidades federativas, o a contratos colectivos que haya sido declarados obligatorios en más de un Estado; y no es obstáculo para la conclusión que antecede, la circunstancia de que la controversia jurisdiccional haya surgido entre una Junta Central y una Federal, con anterioridad a la promulgación de las reformas a la fracción citada, puesto que sabido es que las normas que regulan la competencia por función o por materia, se apoderan de las relaciones jurídicas procesales, en el estado en que se encuentran, rigiéndolas inmediatamente por ser las mismas de orden público.
Precedentes
Tomo LXXVI, página 6871. Indice Alfabético. Competencia 99/41. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Diez y la Central de Conciliación y Arbitraje de Sinaloa. 15 de junio de 1943. Unanimidad de quince votos. Ausentes: Carlos I. Meléndez, Hermilo López Sánchez, José Rebolledo, José M. Ortiz Tirado, Felipe de J. Tena y Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Hermilo López Sánchez.
Tomo LXXVI, página 6871. Indice Alfabético. Competencia 120/41. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Diez y la Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guanajuato. 8 de junio de 1943. Unanimidad de quince votos. Ausentes: Felipe de J. Tena, Carlos I. Meléndez, José Rebolledo, José M. Ortiz Tirado, Fernando de la Fuente y Eduardo Vasconcelos. Ponente: Hermilo López Sánchez.
Tomo LXXVI, página 4165. Competencia 49/41. Suscitada entre la Junta Especial Número Diez, de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz. 8 de junio de 1943. Unanimidad de quince votos. Ausentes: Felipe de J. Tena, Carlos I. Meléndez, José Rebolledo, José M. Ortiz Tirado, Fernando de la Fuente y Eduardo Vasconcelos. Ponente: Hermilo López Sánchez.